22/5/08

La UE establece sanciones penales contra los delitos ambientales


El Parlamento Europeo ha dado el visto bueno definitivo a la directiva que obliga a todos los países de la Unión Europea (UE) a castigar con sanciones penales determinados delitos contra el medio ambiente. La norma, que debe estar en vigor en un plazo de dos años, contempla un listado de violaciones a leyes ambientales que deberán considerarse "delitos criminales" siempre que se realicen de manera voluntaria o como resultado de una negligencia grave.

Incluye el vertido de sustancias susceptibles de crear daños graves a la salud o al medio ambiente; el lanzamiento de residuos en alta mar; la producción, uso o transporte de material nuclear o nocivo para el ozono; el comercio o destrucción de flora y fauna protegidas, o las conductas que deterioren "significativamente" entornos protegidos, incluida las derivadas de la construcción.
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