El Gobierno establece doce nuevos certificados de profesionalidad de la familia profesional Agraria de las áreas profesionales de agricultura, ganadería y jardinería, que se incorporarán al Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad por niveles de cualificación profesional atendiendo a la competencia profesional requerida por las actividades productivas, tal y como se recoge en el artículo 4.4 y en el anexo II del Real Decreto 1128/2003.
Familia profesional: Agraria.
Anexo I.-Actividades auxiliares en ganadería. Nivel 1.
Anexo II.-Actividades auxiliares en agricultura. Nivel 1.
Anexo III.-Actividades auxiliares en viveros jardines y centros de jardinería. Nivel 1.
Anexo IV.-Cultivos herbáceos. Nivel 2.
Anexo V.-Fruticultura. Nivel 2.
Anexo VI.-Horticultura y floricultura. Nivel 2.
Anexo VII.-Producción cunícula intensiva. Nivel 2.
Anexo VIII.-Producción avícola intensiva. Nivel 2.
Anexo IX.-Instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes. Nivel 2.
Anexo X.-Producción porcina de recría y cebo. Nivel 2.
Anexo XI.-Producción porcina de reproducción y cría. Nivel 2.
Anexo XII.-Jardinería y restauración del paisaje. Nivel 3.
Estarán exentos de la realización de las pruebas:
a) Quienes estén en posesión de un certificado de profesionalidad del mismo nivel del módulo o módulos formativos y/o del certificado de profesionalidad al que desean acceder.
b) Quienes deseen acceder a un certificado de profesionalidad de nivel 3 y estén en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel 2 de la misma familia y área profesional.
c) Quienes deseen acceder a un certificado de profesionalidad de nivel 2 y estén en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia y área profesional.
d) Quienes cumplan el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado medio para los certificados de profesionalidad de nivel 2 y a los ciclos formativos de grado superior para los niveles 3, o bien hayan superado las correspondientes pruebas de acceso reguladas por las administraciones educativas.
e) Quienes tengan superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
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